Bancas y juegos de azar deberán estar a 500 metros de escuelas, hospitales, iglesias y otros espacios sensibles

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El Senado de la República aprobó en única lectura el proyecto de ley que regula los juegos de azar en República Dominicana, iniciativa de los senadores Félix Bautista y Pedro Catrain, que establece nuevas disposiciones para la instalación, operación y fiscalización de estos establecimientos.

Entre las medidas contempladas en la nueva normativa figura la prohibición de instalar establecimientos de juegos de azar, en cualquiera de sus modalidades, a menos de 500 metros de escuelas, colegios, universidades, estancias infantiles, hospitales, CAID, iglesias, cuarteles y sedes de los poderes del Estado, según lo establecido en el artículo 26.

La iniciativa, que previamente fue aprobada por la Cámara de Diputados con modificaciones acogidas por el Senado, también establece mecanismos de control para las apuestas presenciales y por internet, así como sanciones ante el incumplimiento de las disposiciones.

La ley crea además la Dirección General de Juegos de Azar, un órgano regulador especializado que tendrá a su cargo la supervisión del sector.

Entre las principales medidas se incluye la verificación de identidad de los usuarios de apuestas en línea mediante la cédula y los registros de la Junta Central Electoral (JCE), antes de permitir depósitos o apuestas.

Asimismo, establece un Registro Nacional de Autoexclusión, al que podrán inscribirse de manera gratuita las personas que decidan dejar de apostar. Los operadores deberán consultar este registro antes de permitir el acceso, abrir cuentas o pagar premios.

En materia de apuestas por internet, la normativa establece la obligatoriedad de contar con una licencia, operar bajo el dominio geográfico .do y pagar un impuesto mensual del 10 % sobre las operaciones.

La regulación también contempla medidas contra los operadores que funcionen sin autorización, entre ellas el bloqueo de dominios y aplicaciones, así como la suspensión de transacciones hacia esas plataformas.

Además, la norma establece una moratoria de 10 años para el otorgamiento de nuevas licencias para establecimientos de juegos de azar.

En cuanto a las sanciones, contempla multas de hasta 400 salarios mínimos, cierre de establecimientos, revocación de licencias, inhabilitación de socios y administradores y penas de prisión de hasta 10 años, de acuerdo con los artículos 146 al 167.


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